Se trata de los alimentos Azúcar Común Tipo “A”, marca “Americana” y Miel Pura de Abejas, marca “Mieles Monisí”.
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) prohibió la comercialización y dispuso el decomiso en todo el territorio nacional de los productos alimenticios Azúcar Común Tipo “A”, marca “Americana” y Miel Pura de Abejas, marca “Mieles Monisí”.
En
cuanto al primer alimento el director de la ASSAL, Raúl Samitier,
informó que mediante el Acta de Toma de Muestra Nº 01 de fecha 03/01/14
se tomó muestra en la localidad de Santa Fe del producto alimenticio
Azúcar Común Tipo “A”, marca “Americana”, en cuyo rótulo se expresan los
Registros Nacional de Establecimiento (RNE) Nros. 03-036-116 y el
Registro Provincial de Alimento (RPA) Nº 07-156-423.
Además
el funcionario destacó que “el producto mencionado conforme el dígito
Nº 03 indicado en el RNE correspondería a la jurisdicción de la
Provincia de Catamarca y que la autoridad sanitaria referida informó
-por medio de nota del 06/01/14- que el RNE indicado en el rótulo del
producto no corresponde a ningún establecimiento habilitado en su
jurisdicción”.
Asimismo,
el director de la ASSAl señaló que “el alimento citado conforme el
dígito Nº 07 del RPA correspondería a la jurisdicción de la Provincia
Tucumán cuya autoridad sanitaria referida informó -por medio de nota del
06/01/14- que el producto RPA indicado es falso. Tal es así que el
Protocolo de Análisis Nº 10145 de fecha 07/01/14 concluye que el
producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente en cuanto a
que el RNE es inexistente y el RPA falso”
En
este sentido Samitier indicó que “la falta de los registros mencionados
no permite la trazabilidad y seguridad del alimento y que lo expresado
en los párrafos anteriores configura una infracción a lo establecido en
los artículos 3 y 155 del Código Alimentario Argentino, Ley N° 18.284”
MIEL
En
cuanto a la Miel Pura de Abejas, marca “Mieles Monisí”, el funcionario
mencionó que “por medio del Protocolo de Análisis Nº 8410 de esta
Agencia en fecha 05/08/13 concluye que el producto alimenticio no cumple
con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo que en su rótulo no
se indica el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y, asimismo,
carece de otra información que es obligatoria indicar en el mismo y que
la falta de RNE no permite la trazabilidad y seguridad del alimento
mencionado.
Sostuvo
asimismo que todo lo expresado “configura una infracción a lo
establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley N° 18.284
fundamentando la decisión en que se deben prevenir riesgos mayores que
puedan afectar la salud de la población y garantizar que los rótulos de
los productos alimenticios cuenten con toda la información obligatoria y
que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los
consumidores de alimentos”.
Finalmente,
Samitier señaló que se informará al Instituto Nacional de Alimentos
I.N.Al.), a las jurisdicciones provinciales y a la autoridad sanitaria
de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) a los medios de comunicación y
consumidores lo establecido en la presente orden.
EN MISIONES.. TODABIA SE VENDE ""MIEL "" EN BOTELLAS EN LAS CUALES JAMAS SE POSO UNA ABEJA . SON SOLO JARABES DE AZUCAR CON MAMON.. EN ALGUNOS CASOS Y EN LA MAYORIA SOLO ALMIBAR DE AZUCAR.. SE COMERCIALIZAN EN VERDULERIAS, Y ALGUNOS SUPER CHINOS.. EL ESTADO NO DICE NADA... NO HACE NADA... LOS PRODUCTORES AUNQUE SE QUEJAN, LA MUNICIPALIDAD, SANEAMIENTO AMBIENTAL U CUALQUIER OFICINA MUNICIPAL...DICEN NO TENER PRESUPUESTO PARA ESTOS DECOMISOS... LA POBLACION ESTA DESPROTEGIDA ANTE ESTOS PROBLEMAS..
EDMUNDO F. GABUS
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