lunes, 15 de julio de 2013

SENASA:Nuevo marco normativo para la sanidad apícola nacional

 

Unifica y actualiza los contenidos normativos del sector e incorpora al Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales las enfermedades y plagas de las abejas, exóticas en la Argentina, causadas por Acarapis woodi, Aethina Tumida y Tropilaelaps spp.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informa que el 18 de junio último entró en vigencia su Resolución N° 278/2013, que establece un nuevo marco normativo para el Programa Nacional de Sanidad Apícola.
La Resolución, que unifica y actualiza los contenidos de la normativa referida a la sanidad apícola y procura facilitar el acceso de los usuarios a su contenido, fue consensuada con los diferentes actores del sector y avaladas por la Comisión Nacional de Sanidad Apícola (Conasa).
La nueva norma considera como enfermedades más importantes de las abejas, debido a los daños económicos y productivos que ocasionan: Varroosis (Varroa destructor); Nosemosis (Nosema apis, Nosema cerenae), Loque Americana (Paenibacillus larvae); Cría yesificada (Ascophaera apis), Loque Europea (Mellisococus pluton) y otras enfermedades virales.
También refiere a las enfermedades y plagas exóticas en la República Argentina, causadas por Tropilaelaps sp., Aethina tumida y Acarapis woodi, que se incorporan al Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales, aprobado por el Decreto Nº 3.959 del 8 de noviembre de 1906.
En este sentido, el Senasa convoca a un trabajo mancomunado a los gobiernos provinciales y las instituciones oficiales y privadas vinculadas al sector, en la implementación de planes sanitarios regionales.
Mediante las modificaciones incorporadas, se ratifica la obligatoriedad de la inscripción de todos los apiarios del país en el Registro Nacional Sanitario del Productor Agropecuario (Renspa), puesto que es considerado un requisito en los procedimientos actualizados.
Asimismo, la normativa contempla la abrogación de las resoluciones Senasa N° 58/1996,  535/2002 y 75/2003, las cuales establecían hasta el momento el Registro de Inspectores Sanitarios Apícolas, el traslado de colmenas, núcleos y paquetes de abejas y las condiciones para la habilitación de las cabañas apícolas. Los contenidos y procedimientos contenidos en estas normativas fueron actualizados e incorporados en la nueva norma.
Ante cualquier consulta o duda sobre las modificaciones establecidas en la Resolución, comunicarse con el Programa Nacional de Sanidad Apícola al correo electrónico: apicultura@senasa.gov.ar.

FUENTE; http://www.senasa.gob.ar/contenido.php?to=n&in=1&ino=1&io=24173

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